Daño cerebral

Con el aval de la DGT, presentamos la guía ‘Volver a conducir tras un daño cerebral’

Aunque no todas las personas pueden volver a conducir tras tras sufrir un daño cerebral, son muchas las que son capaces de ponerse de nuevo al volante. La publicación que ahora presentamos, y que está avalada también por la Sociedad Española de Medicina de Tráfico, detalla los pasos a seguir así como los requisitos legales y clínicos.
Con el aval de la DGT, presentamos la guía ‘Volver a conducir tras un daño cerebral’

Conducir un vehículo es una de las actividades que mayor autonomía e independencia nos reporta. Y son muchas las personas que quieran recuperar la posibilidad de hacerlo tras haber sufrido un ictus u otro daño cerebral. Por esta razón y tras profundizar en la rehabilitación para conducción, el Hospital Aita Menni, con el aval de la DGT, ha redactado la guía que ahora presentamos: ‘Volver a conducir tras un daño cerebral’. Hemos querido aprovechar la proximidad del 26 de octubre, Día del Daño Cerebral, para presentar esta guía pionera sobre las cuestiones a tener en cuenta antes de volver a conducir vehículos a motor.

La guía, que puede descargarse pulsando en este enlace, fue presentada por el jefe de Servicio de Daño Cerebral del Hospital Aita Menni, el Dr. J. Ignacio Quemada, y por la jefa provincial de Tráfico de Bizkaia, Esther Martí, quienes destacaron que el documento “será una gran ayuda para todas aquellas personas que, tras un daño cerebral, quieren volver a conducir y desconocen cuáles son los pasos a seguir y los requisitos legales y clínicos en este campo”. La presentación contó con el testimonio de excepción de Jon Gabiña, paciente del Hospital Aita Menni que sufrió un ictus y que a pesar de sus problemas de movilidad ha conseguido volver a conducir.

El documento cuenta con el aval de la DGT y de la Sociedad Española de Medicina de Tráfico. En la elaboración de la guía ha participado Irrintzi Soluciones Adaptadas, empresa con una dilatada experiencia en la adaptación de vehículos y en la formación de personas con discapacidad para la conducción de vehículos.

Con el aval de la DGT, presentamos la guía ‘Volver a conducir tras un daño cerebral’

Durante la presentación, el doctor Quemada recordó que en el País Vasco viven alrededor de 20.000 personas con daño cerebral adquirido, el 80% debido a un ictus. Los traumatismos a causa de accidentes de tráfico han visto moderada su incidencia desde comienzos de este siglo. “El resto de casos corresponden a accidentes laborales y deportivos, tumores cerebrales o encefalitis, entre otras etiologías”. Nuestro doctor explicó una vez más que las secuelas de un daño cerebral son múltiples y que, dependiendo de la gravedad y de la zona afectada, se manifiestan en trastornos de la movilidad, problemas de comunicación, déficit cognitivos y alteraciones emocionales y de la conducta. “Esta combinación de secuelas imposibilita la realización de alguna actividad básica de la vida diaria en un 60% de los casos y la discapacidad severa o total en un 45%”, afirmó.

Secuelas que afectan a la capacidad de conducción

Las secuelas motoras, la epilepsia, las alteraciones sensoriales y los cambios cognitivo-conductuales pueden afectar a la capacidad para conducir. “La hemiplejia, por ejemplo, se reconoce con facilidad y trasmite una falsa impresión de imposibilidad para la conducción; sin embargo problemas visuales, como la visión doble, o las alteraciones de la atención pueden ser más discapacitantes para conducir, aunque más difíciles de reconocer”, declaró nuestro especialista.

“En relación a los procesos cognitivos la fatiga, la ralentización en el procesamiento de la información, la heminegligencia (inatención de un hemicampo visual), las dificultades para alternar o dividir la atención son ejemplos de procesos que requieren de una cuidadosa evaluación; también la orientación espacial o topográfica, la estimación del riesgo y la conciencia sobre las propias capacidades son muy importantes para una conducción segura”, subrayó también.

De todos modos, el jefe del Servicio de Daño Cerebral del Hospital Aita Menni admitió que “muchas más personas de las que los médicos pensábamos pueden volver a conducir”, incidiendo al mismo tiempo en que “es necesaria una valoración rigurosa y un proceso de rehabilitación y de reentrenamiento”. “Un alto porcentaje de personas con secuelas motoras de un ictus pueden volver a conducir con una buena rehabilitación y un entrenamiento en la conducción de vehículos. También suele ser necesaria una adaptación del vehículo que ha de hacerse en talleres especializados”, concluyó.

Marco legal par reaprender a conducir

“Como punto de partida es necesario saber que el Reglamento General de Conductores establece que la vigencia del permiso de conducir está condicionada a que el conductor mantenga los requisitos que se le exigieron en el momento en el que se concedió”, declaró la jefa provincial de Tráfico de Bizkaia. “Por tanto, si se produce la pérdida de alguna capacidad física o cognitiva es necesario una revisión médico-psicológica para saber si se puede seguir conduciendo con el permiso que había obtenido en su momento, o si por el contrario es necesaria alguna limitación, adaptación o restricción”, agregó. “El anexo IV del Reglamento General de Conductores se especifica qué enfermedades y deficiencias son causa de denegación, adaptación o restricciones de circulación en la obtención o prórroga en el permiso de conducción”, informó.

Esther Martí señaló que “en el caso de las enfermedades cerebrovasculares, debe transcurrir al menos 6 meses sin síntomas neurológicos desde el último accidente isquémico. Asimismo, deben pasar 12 meses desde que se establecen las secuelas del infarto o hemorragia cerebral. En la fase de secuela, no debe existir disminución importante de las funciones cognitivas, motoras, sensitivas, sensoriales o de coordinación o movimientos anormales de la cabeza, tronco o extremidades, que puedan interferir en el adecuado control del vehículo”. 

Por último, la Jefa Provincial de Tráfico de Bizkaia destacó que las evaluaciones de la capacidad para conducir corresponden a los centros de reconocimiento de conductores. “La DGT tiene desarrollado un protocolo para la concesión del carnet de conducir a personas que vuelven a conducir, con adaptaciones o sin ellas, tras un problema grave de salud que haya afectado a las capacidades. Y cada vez existen más autoescuelas con experiencia en la formación de personas con discapacidad que necesitan adaptar su vehículo por algún tipo de limitación”, aseguró.

El testimonio de Jon Gabiña

Jon Gabiña sufrió un ictus y a raíz de ello sufre una hemiplejia en toda su parte izquierda. Tras cincuenta años conduciendo por Oriente Medio, México y países de medio mundo,  no quería resignarse y depender siempre de otra persona para desplazarse. Decidió empezar a trabajar para volver a recuperar la autonomía que supone conducir. Dice que le ayudaron mucho física y psicológicamente en nuestra Unidad de Hospitalización del Hospital Aita Menni en Mondragón, donde permaneció cuatro meses, y también en la autoescuela Irrintzi, donde recibió clases para volver a ponerse en carretera. Nos lo cuenta en este vídeo.

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